Condiciones del Seguro

Documento de información sobre el producto de seguro

Empresa: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.U.”, España (Nº autorización: C-0613)

Producto: Seguro de no asistencia

En este documento le facilitamos un resumen de este seguro. La información precontractual y contractual completa relativa al mismo se facilita en otros documentos, que son los que regularán la relación entre las partes. Reale No ofrece asesoramiento en relación con los productos de seguro comercializados.

 

¿En qué consiste este tipo de seguro?

Es un seguro destinado a cubrir el reembolso del importe de la entrada o reserva abonada por el asegurado por la no asistencia a eventos.

 

¿Qué se Asegura? ¿Qué no está Asegurado?

✓ Garantía de cancelación por no asistencia

Reembolso del importe de las entradas o reservas no reembolsables adquiridas por el asegurado por su no asistencia a los eventos, siempre que esta se produzca por una causa involuntaria, fehacientemente justificada y sujeta a las diferentes contingencias que se detallan a continuación.

  • Enfermedad grave, accidente o fallecimiento del asegurado,familiares o mascota.
  • Citación para intervención quirúrgica del asegurado, familiares o mascota.
  • Complicaciones en el embarazo del asegurado, conyuge o pareja de hecho que obliguen a reposo.
  • Entrega en adopción de un niño al asegurado.

  • Convocatoria del asegurado como testigo, parte o miembro del jurado en un juicio.
  • Convocatoria del asegurado a organismos oficiales.

  • Convocatoria del asegurado como miembro titular de una mesa electoral.
  • Presentación del asegurado como opositor a un examen oficial.

  • Concesión al asegurado de Becas oficiales.

  • Daños graves en residencia habitual o secundaria o en sus locales profesionales del asegurado.
  • Por avería o accidente del vehículo del asegurado o de su cónyuge.
  • Demora de la llegada del medio de transporte público.

  • Robo de documentación o equipaje del asegurado previo al inicio del desplazamiento.
  • Extinción del contrato de trabajo del asegurado por despido.

  • No asistencia del asegurado por cancelación de único acompañante por alguna de las casuísticas anteriores.

Principales exclusiones:

  • El reembolso en caso de entradas o reservas que el establecimiento cuente con la posibilidad de efectuar el reembolso al cliente y este se pueda efectuar en tiempo y forma conforme a su política.

  • Cualquier contingencia producida con posterioridad al inicio del evento.

  • El desistimiento voluntario por parte del asegurado o cualquier causa que no sea demostrada mediante todos los documentos justificativos que verifiquen el motivo de la anulación.

  • El robo, hurto o simple pérdida de la entrada, infidelidad de empleados y apropiación indebida.

  • Siniestros ocurridos con anterioridad a la fecha de suscripción del seguro y a la compra de la entrada o reserva.

  • Los siniestros causados por mala fe o negligencia grave.

  • Aquellas enfermedades o lesiones que se produzcan como consecuencia de padecimientos crónicos o previos a la firma del contrato, incluyendo sus complicaciones y recaídas.

  • Las consecuencias de actos de terrorismo, Epidemias, guerra, pandemias, catástrofes radiactivas, nucleares, biológicas, duelos y riñas.

  • Tratamientos estéticos, revisiones periódicas o vacunaciones previstas en el momento de contratación del seguro, curas, la interrupción voluntaria de embarazos y los partos.

  • Enfermedades psíquicas, mentales y depresiones sin hospitalización.

 

¿Existen Restricciones en lo que respecta a la cobertura?

Las contingencias deberán ocurrir antes de la fecha de inicio del Evento y con posterioridad a la suscripción del seguro y a la compra de la entrada o reserva.

Reale se reserva el derecho a que un equipo médico, por él designado, verifique en cada caso que el alcance y/o gravedad de la enfermedad o accidente es causa suficiente para la no asistencia, así como la fecha de inicio de la causa de esta.

 

¿Dónde estoy cubierto?

La cobertura de la póliza solamente amparará la no asistencia a eventos celebrados en España.

 

¿Cuáles son mis obligaciones?

  • Pagar el seguro.

  • Comunicar a la aseguradora cualquier cambio en la información dada en la contratación durante toda la vigencia del contrato.

  • Aportar toda la documentación o información requerida para que la aseguradora pueda valorar el daño comunicado.

  • Comunicar a la aseguradora los hechos que puedan dar lugar a indemnización u otras prestaciones, en el plazo de siete días desde que se conozcan, aportando la información y documentación necesaria para comprobar y valorar los daños, permitiendo la actuación de los técnicos nombrados por la aseguradora a estos efectos.

 

¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos?

La prima será abonada en el momento de la contratación. Podrá efectuarse el pago por los medios que se acuerden en cada caso en el contrato de seguro, ya sea domiciliación bancaria, tarjeta de crédito o débito u otros medios aceptados por la aseguradora.

 

¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?

La garantía de cancelación por no asistencia toma efecto siempre que se haya realizado el abono de la prima, desde la fecha de efecto de la póliza, y termina en la fecha que figure en las Condiciones Particulares del contrato.

 

¿Cómo puedo rescindir el contrato?

En el caso de contratación a distancia, el Tomador, cuando sea consumidor, esto es, persona física que actúe con un propósito ajeno a una actividad comercial o profesional propia, dispondrá de un plazo de 14 días naturales para desistir del contrato a distancia, sin indicación de los motivos y sin penalización alguna, siempre que no haya ocurrido el siniestro